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GESTION DE RESIDUOS

La justicia estadounidense dictamina la responsabilidad de BP en el vertido de crudo en Alaska

04/05/2007 11:53:00  MADRID, 4 (EUROPA PRESS) 

 

 

 

 


 

Un comité estadounidense anunció esta semana que cuenta con pruebas suficientes para afirmar que el grupo petrolero British Petroleum (BP) es "responsable" del mayor derramamiento de petróleo ocurrido en Alaska el año pasado, debido a la corrosión de una de las tuberías de la compañía. El vertido de cerca de un millón de litros de crudo se produjo en marzo de 2006 y provocó el cierre de un yacimiento de su propiedad, Prudhoe Bay. Este pozo produce cerca del 2,6% del suministro petrolero diario estadounidense incluyendo las importaciones.

El pasado mes de agosto, el Gobierno estadounidense ordenó investigar las causas del suceso concluyendo que el mal estado de las instalaciones fue "determinante" para provocar el vertido, que se debió a un pequeño agujero provocado por la corrosión en una tubería de 86 centímetros de diámetro a su paso por la tundra, a unos 400 kilómetros del Círculo Ártico.

Por su parte, desde BP rechazan que la política de recortes de la compañía provocara el vertido aunque algunos trabajadores denunciaron que la reducción de presupuesto está relacionada con la tragedia. BP se encuentra en el 'punto de mira' de las autoridades estadounidenses desde que en marzo de 2005, una explosión en su refinería de Texas provocara la muerte de 15 trabajadores y otras 500 personas. En aquellas ocasión, la justicia también encontró una relación entre este accidente y la disminución de los costes. La compañía se defiende argumentando que ambos incidentes son "sucesos aislados" y no "un problema de seguridad".

España fue en 2006 el segundo país de la UE que más violó la legislación ambiental comunitaria

04/05/2007 12:16:00   Fuente: agroinformacion.com

 

 

 

 


 

España fue el pasado año, por detrás de Italia, el segundo país de la UE donde más se infringió la legislación ambiental comunitaria, según un informe publicado ayer por la Comisión Europea (CE).

El documento, que pasa revista a la política ambiental de la UE y de cada uno de sus estados miembros en 2006, pone de relieve que Bruselas abrió el pasado año 40 procedimientos de infracción contra España por casos "en su mayoría relacionados con el agua y la naturaleza".

En particular, analiza los progresos logrados en España en la lucha contra el cambio climático, la energía, la eco-innovación, las iniciativas en el área de la naturaleza, el uso de los recursos y las leyes para proteger el ambiente.

En el área del cambio climático, el documento destaca que España "es uno de los siete estados miembros que no espera llegar a los objetivos (fijados por el Protocolo de Kioto) ni siquiera aunque se pongan en marcha todas las medidas planeadas".

Por ello, la Comisión señala que las autoridades nacionales "tendrán que identificar más políticas y medidas de reducción de las emisiones".

El informe destaca, por otra parte, la colaboración que España está llevando a cabo con el Plan Latinoamericano de Adaptación al Cambio Climático, lo que considera "un ejemplo de cooperación norte-sur".

Por otra parte, Bruselas destaca la labor "pionera" de España en el área de la energía solar con la construcción en la Plataforma Solar de Almería (PSA) de una nueva central que será "la primera planta comercial de este tipo en Europa" y que el país sea el segundo mayor productor de electricidad eólica del mundo.

En el apartado de la "eco-innovación", la CE explica que las autoridades españolas invirtieron el pasado año 3 millones de euros en un programa para financiar proyectos de I+D+I para prevenir la contaminación en las ciudades.

También menciona el informe la aprobación el pasado año de fondos para cuatro nuevos proyectos del programa LIFE destinados a proteger y conservar la naturaleza y biodiversidad, lo que ha aumentado a 47 las iniciativas nacionales que se benefician de esas ayudas.

Por otra parte, en el apartado dedicado a analizar el "uso de los recursos", el Ejecutivo comunitario denuncia que "los vertidos ilegales y descontrolados son un problema urgente y muy extendido" en España, que ha generado la apertura de numerosos expedientes.

Para solucionarlo, Bruselas pide a las autoridades que pongan en marcha todas las medidas previstas en la normativa europea y que inviertan en métodos de reciclado más ecológicos.

Por otra parte, la CE recuerda la sequía producida en 2005 y 2006 en España, "lo que amenaza el suministro de agua a los hogares, impide los trasvases entre ríos y afectará a la agricultura, turismo, energía y a los ecosistemas".

Por último, en el área normativa Bruselas destaca la aprobación en España de una ley que permitirá obtener ayudas a las Organizaciones No Gubernamentales que difundan información sobre el medioambiente y una modificación para extender los estudios de impacto ambiental a todos los planes y programas urbanísticos.

El informe anual de la UE destaca, por otro lado, que la lucha contra el cambio climático se ha convertido en una de las prioridades de los Veintisiete.

Recuerda además la aprobación el pasado diciembre del reglamento REACH que regulará el registro, la evaluación y la autorización de unas 30.000 sustancias químicas fabricadas o importadas en los Veinticinco y los avances en la normativa destinada a conservar la biodiversidad y los recursos naturales y la estrategia para fomentar un desarrollo sostenible.

Madrid, Llega la Ecotarjeta. Premios ecológicos para los usuarios de los puntos limpios fijos

18/04/2007 11:58:00 Fuente: madridiario.es 

 

 

 

 


 

Se trata de una tarjeta de fidelidad que permite al ciudadano acumular puntos por los residuos entregados, los cuales podrán ser canjeados por regalos. Por el momento la 'Ecotarjeta' se ha distribuido en Hortaleza a través de la Junta de distrito, y muy pronto se llevará ambién a Latina y Carabanchel.

Ir a un punto puntúa. Porque desde hace unos días el Ayuntamiento ha puesto en marcha un sistema novedoso de gratificación por el uso de los puntos limpios fijos (PLF) de Hortaleza y Latina a través de una tarjeta de fidelidad. La 'ecotarjeta', que ya se ha distribuido en Hortaleza y muy pronto en Latina, permite acumular puntos por los residuos entregados en los PLF y después canjearlos por diferentes premios.

Los regalos variarán en función de la cantidad de puntos obtenidos pero todos ellos tienen un denominador común que define su carácter educativo: son ecológicos, hechos por la firma Ecolínea con lonas, carteles de publicidad y otros productos reciclados. "Si el usuario ha sellado entre 10 y 30 puntos en su 'Ecotarjeta', podrá obtener una caja de jabones artesanos", explica Marisol Mena, responsable de Educación Ambiental del Ayuntamiento. Entre 31 y 60 puntos el premio, incluye, además, un monedero de lona. Hasta 80 puntos se suma un estuche del mismo material y a partir de 80 puntos los usuarios obtendrán también un bolso bandolera.

Se obtendrán puntos cada vez que el usuario acuda a cualquier punto limpio fijo de la capital con los residuos adecuados. Por ello y previamente a la difusión de la 'Ecotarjeta' el Área de Medio Ambiente ha realizado una campaña de información sobre los PLF de la capital y el tipo de basura que se recoge en los mismos, así como las cantidades máximas que se admiten -15 kilos de ropa y calzado, 2 baterías de coche, 5 radiografías o 60 kilos de maderas, entre otras muchas cosas-.

Además de Hortaleza y Latina, muy pronto visitarán Carabanchel, distrito al que también se va a extender el uso de la tarjeta. Según Marisol Mena "es una experiencia piloto que se ensayará en estos tres distritos y que en función de su acogida y resultados, se extenderá a toda la capital". Sin embargo, los poseedores de la 'Ecotarjeta' podrán sellar sus puntos indistintamente en todos y cada uno de los PLF de Madrid.

Obligaciones de los productores de residuos

Obligaciones de los productores de residuos

Antes de empezar a enumerar las obligaciones de los productores de residuos es importante diferenciar entre pequeño y gran productor de residuos. Miestras que el primero genera menos de 10 toneladas de residuos al año, el gran productor supera esta cantidad a excepción de los talleres de automoción, los cuales tienen la consideración de pequeños productores independientemente de la cantidad de residuos generados. (Art. 22.2 R.D. 833 / 1988).

Obligaciones del pequeño productor:

1. Inscripción en el registro administrativo de la Comunidad Autónoma como pequeño productor de residuos. Este obligación administrativa ofrece ventajas a los productores como facilitar los trámites administrativos y favorecer el acceso a subvenciones.

2. Separar adecuadamente y no mezclar los residuos peligrosos, evitando particularmente aquellas mezclas que supongan un aumento de su peligrosidad o dificulten su gestión. (LEY 10/1998 DE RESIDUOS)

3. Disponer de zonas acondicionadas, señalizadas y delimitadas para el almacenamiento de los residuos tóxicos y peligrosos con el fin de evitar la contaminación de otros medios. El almacenamiento y las instalaciones deberán cumplir con la legislación y normas técnicas que le sean de aplicación. El tiempo máximo de almacenamiento es de seis meses para los residuos tóxicos y peligrosos salvo autorización especial del órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se lleve a cabo dicho almacenamiento. (LEY 10/1998 DE RESIDUOS)

4. Envasar los residuos tóxicos y peligrosos cumpliendo las normas técnicas vigentes observando además las siguientes normas de seguridad (LEY 10/1998 DE RESIDUOS):

4.1. Los envases y sus cierres estarán concebidos y realizados de forma que evite cualquier pérdida de contenido y construidos con materiales no susceptibles de ser atacados por el contenido ni de formar con éste combinaciones peligrosas.

4.2. Los envases y sus cierres serán sólidos y resistentes para responder con seguridad a las manipulaciones necesarias y se mantendrán en buenas condiciones sin defectos estructurales y sin fugas aparentes.

4.3. Los recipientes destinados a envasar residuos tóxicos y peligrosos que se encuentren en estado de gas comprimido, licuado o disuelto a presión, cumplirán la legislación vigente en la materia.

4.4. El envasado y almacenamiento  de los residuos tóxicos y peligrosos se hará de forma que se evite generación de calor, explosiones, igniciones, formación de sustancias tóxicas o cualquier efecto que aumente su peligrosidad o dificulte su gestión.

5. Etiquetado de residuos tóxicos y peligrosos.

5.1. Los recipientes o envases que cotengan residuos tóxicos y peligrosos deberán estar etiquetados de forma clara, legible e indeleble, al menos en la lengua oficial del Estado. 

5.2. En la etiqueta deberá figurar:

a) El código de identificación de los residuos que contiene, según el sistema de identificación que se describe en el anexo I. 

b) Nombre, dirección y teléfono del titular de los residuos.

c) Fechas de envasado.

d) La naturaleza de los riesgos que presentan los residuos.

5.3. Para indicar la naturaleza de los riesgos deberán usarse en los envases los siguientes pictogramas, representados según el anexo II y dibujados en negro sobre fondo amarillo-naranja:

Explosivo: Una bomba explosionando (E). / Comburente: Una llama por encima de un círculo (O). / Inflamable: Una llama (F). / Fácilmente inflamable y extremadamente inflamable: Una llama (F+). / Tóxico: Una calavera sobre tibias cruzadas (T). / Nocivo: Una cruz de San Andrés (Xn). / Irritante: Una cruz de San Andrés (Xi). / Corrosivo: Una representación de un ácido en acción (C).

5.4. Cuando se asigne a un residuo envasado más de un indicador de riesgo se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

a) La obligación de poner el indicador de riesgo de residuo tóxico hace que sea facultativa la inclusión de los indicadores de riesgo de residuo nocivo y corrosivo.

b) La obligación de poner el indicador de riesgo de residuo explosivo hace que sea facultativa la inclusión del indicador de riesgo de residuo inflamable y comburente.

5.5. La etiqueta debe ser firmemente fijada sobre el envase, debiendo ser anuladas, si fuera necesario, indicaciones o etiquetas anteriores de forma que no induzcan a error o desconocimiento del origen y contenido del envase en ninguna operación posterior del residuo. El tamaño de la etiqueta debe tener como mínimo las dimensiones de 10*10 cm.

5.6. No será necesaria una etiqueta cuando sobre el envase aparezcan marcadas de forma clara las inscripciones a que hace referencia el apartado 2, siempre y cuando estén conformes con los requisitos exigidos en el presente artículo.

6. Cursar una solicitud de aceptación al gestor de los residuos a tratar que contendrá: características sobre el estado de los residuos, codificación, propiedades físico - químicas, composición química, volumen y peso y el plazo de recogida de los residuos.

7. Cumplimentar los Documentos de Control y Seguimiento desde el lugar de producción hasta los centros de recogida, tratamiento o eliminación.

8. Entregar a transportista y gestor autorizado los RPs.

9. Llevar un registro de los residuos generados en el que se incluya: fecha de envasado y almacenamiento, nombre del residuo, código L.E.R., cantidad, número de DCS, gestor y destino.

10. Guardar la documentación de la entrega de residuos al gestor durante cinco años, estando siempre a disposición de la autoridad competente.

11. Informar inmediatamente al órgano competente de la Comunidad Autónoma en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos.

12. Formalizar la notificación de traslado de residuos tóxicos y peligrosos mandando copias a los organismos competentes de las comunidades autónomas de origen y de llegada del residuo, en un plazo no inferior a diez días de la fecha de recepción del residuo.