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GESTION DE RESIDUOS

Legislación

El Ministerio de Medio Ambiente presenta el borrador de proyecto de modificación de la Ley de Envases

07/09/2007 16:58:00  Fuente: Ministerio de Medio Ambiente

La Entidades Locales reembolsarán el coste total de la gestión de los residuos de envases por parte de los responsables de su puesta en el mercado.

Asimismo, el Ministerio de Medio Ambiente ha presentado a la Conferencia Sectorial las Estrategias de Conservación de la Focha Moruna y de Margaritifera Auricularia o almeja de río y la Estrategia Nacional para el control del Mejillón Cebra.

También ha informado sobre la evolución de la campaña de incendios y las medidas que ha aplicado para ayudar a las Comunidades Autónomas a combatir estos siniestros. 2007 es el año con menos siniestros y menor superficie afectada del decenio en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 26 de agosto.

Otra de las iniciativas que el Ministerio ha presentado en la reunión es el Programa de Acción Nacional contra la Desertificación (PAND), que reforzará y coordinará todas las acciones dirigidas a la lucha contra la desertificación. En el periodo 2004-2007, el Ministerio de Medio Ambiente ha destinado más de 3.000 millones de euros a acciones dirigidas a la lucha contra la desertificación.

La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona presidió ayer la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente que se celebra en Madrid y que reúne a los Consejeros de las comunidades autónomas con competencias en dicha materia.

Uno de los puntos de más interés ecológico y trascendencia práctica que se abordaron ayer en la Conferencia es el nuevo borrador del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 11/1997, de Envases y Residuos de Envases. El Ministerio de Medio Ambiente ha estado trabajando en los últimos meses en un proceso de consulta y negociación con las CCAA, organizaciones económicas y sociales, organizaciones patronales, ecologistas y sindicados, para presentar hoy este documento.

El nuevo texto que introduce propuestas de las CCAA, así como de miembros del Consejo Asesor de Medio Ambiente (CAMA), se pretende tramitar con carácter inmediato para su toma en consideración por el Consejo de Ministros e informe del Consejo de Estado.

El nuevo proyecto de ley trata de corregir algunas disfunciones de la Ley 11/1997 vigente, que en su conjunto ha permitido lograr un considerable avance en la gestión de los residuos de envases, aunque no ha logrado reducir la generación de residuos en España.

Uno de los puntos más relevante del borrador es el pleno reembolso a la Entidades Locales de los costes económicos que tengan que asumir por la recogida y gestión de residuos de envases, cualquiera que sea su tipo, origen o modalidad de gestión.

Del mismo modo, el proyecto de ley establece una serie de obligaciones con el fin de asegurar la correcta gestión de los residuos de envases comerciales e industriales, los cuales suponen un gran volumen.

Se espera de esta manera mejorar y actualizar la Ley de Envases de 1997 con nuevos objetivos más ambiciosos, no solo para cumplir las exigencias de la Unión Europea sino también para mejorar la gestión de los residuos urbanos en su conjunto, de los cuales los residuos de envases representan casi el 30%.

La nueva regulación establece la obligación de planes empresariales de prevención individuales, con independencia de los colectivos, para determinados envasadores. Del mismo modo, se prevé la creación de una Comisión Nacional de Envases (CONAE) en sustitución de la actual Comisión Mixta. La nueva composición de este órgano incluirá una mayor participación de las Entidades Locales, sindicatos y ongs, e incrementará sus funciones de asesoramiento, así como de elaboración de informes previos.

El Congreso aprueba la Ley de Responsabilidad Ambiental

28/06/2007 11:02:00   Fuente: consumer.es

 

 

 

 


 

La Comisión de Medio Ambiente del Congreso de los Diputados dio ayer luz verde al proyecto de Ley de Responsabilidad Ambiental, que se basa en el principio de "quien contamina paga". Como esta comisión cuenta con competencia legislativa plena, el texto no deberá ser debatido ni votado por el pleno de la Cámara antes de su tramitación en el Senado.

Esta normativa obliga a quienes hayan provocado daños al medio ambiente, de forma intencionada o no, a repararlos, es decir, a devolver los recursos naturales al estado original en que se encontraban antes de la agresión.

Los responsables del daño no podrán sustituirlo por compensaciones económicas, y además tanto las acciones de prevención como las destinadas a cubrir los perjuicios ocasionados se deberán ejecutar de forma inmediata.

Al objeto de que las empresas dispongan de recursos económicos para hacer frente a su responsabilidad, la nueva ley les exige una garantía financiera (un seguro o un aval bancario) que se irá introduciendo de forma gradual a partir del año 2010.

Se prevé además la creación de un Fondo Estatal para reparar los daños ambientales que se puedan producir en el dominio público estatal cuando no se pueda aplicar la nueva legislación.

La Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental reforzará la prevención de la contaminación

13/06/2007 12:36:00  SEVILLA, 13 (EUROPA PRESS) 

 

 

 

 


 

La Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía (GICA), que se aprueba hoy en el Pleno del Parlamento andaluz, reforzará las exigencias en la prevención de la contaminación así como integrará en un único permiso todas las autorizaciones medioambientales. Así, esta norma, cuyo proyecto fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía el 26 de septiembre del pasado año y que se debate hoy en la Cámara autonómica, aumentará el nivel de exigencia en los procesos de prevención y control y favorecerá la implicación ambiental del sector productivo mediante nuevas líneas de incentivos económicos y acuerdos voluntarios. Además, por primera vez se regulará la contaminación lumínica en Andalucía y, de acuerdo con las directivas europeas, se actualizarán los objetivos de calidad ambiental relativos a residuos, aire, agua, suelos y ruido, según informó la Consejería de Medio Ambiente a Europa Press. Asimismo, simplificará y agilizará los procedimientos administrativos relacionados con la protección del medio ambiente, al integrar en un único permiso todos los requisitos y autorizaciones.

En este sentido, el texto incorpora la denominada Autorización Ambiental Integrada (AAI) prevista en la directiva europea de prevención de la contaminación, que integra en un solo trámite las diversas autorizaciones sectoriales para el control ambiental de los centros productivos en materias como las emisiones a la atmósfera, los vertidos, los residuos, las vías pecuarias o la evaluación de impacto ambiental. Este permiso se concede fijando límites de contaminación que pueden ser más restrictivos que los establecidos en la legislación, ya que dependen de la mejor tecnología disponible en cada caso. Andalucía ha sido, después de Cataluña, la segunda comunidad en aplicar la AAI, que actualmente afecta a más de 650 empresas que, en cualquier caso, deberá extenderse a todas las industrias antes de octubre de 2007. Junto a este permiso integrado, el proyecto normativo crea también la denominada Autorización Ambiental Unificada para actividades o proyectos de menor entidad, lo que conllevará una reducción de seis meses respecto a los plazos de tramitación actuales y una mayor seguridad jurídica para los interesados.

PREVENCIÓN AMBIENTAL.

En relación con la prevención y control ambiental, la futura ley incrementará los niveles de exigencia al obligar a someterse a evaluación de impacto ambiental a todos los proyectos de envergadura, incluidos los que actualmente sólo precisan de informe ambiental (este trámite queda eliminado). Junto con ello, se mantiene la modalidad de calificación ambiental como competencia municipal para los proyectos y actividades de menor entidad. Respecto al apoyo del tejido productivo, la norma recoge premisas básicas de la Estrategia de Desarrollo Sostenible de la Unión Europea, como la fijación de nuevas líneas de incentivos o el fomento de acuerdos y controles voluntarios por parte de empresas para alcanzar niveles de calidad por encima de las exigencias legales.

Entre otras novedades, se crea un distintivo destinado a aquellas empresas que, además de acreditar el cumplimiento de la normativa vigente, se comprometan también a aplicar procesos adicionales de minimización de residuos, reutilización, reciclaje y ahorro de agua y energía. Con este sello de calidad, que servirá de referencia a los consumidores, se pretende respaldar a las empresas en sus procesos de modernización ambiental. Por su parte, los incentivos públicos estarán especialmente orientados a hacer posible la mayor exigencia de calidad ambiental que en la práctica supondrá la AAI, facilitando que las empresas apliquen técnicas de control y mínimo impacto sin afectar a la producción.

CONTAMINACIÓN LUMÍNICA.

Igualmente novedosa es la regulación por primera vez en Andalucía de la contaminación lumínica, con una serie de normas que se sientan las bases para una zonificación del territorio y el establecimiento de niveles de iluminación en función de cada zona, teniendo en cuenta la compatibilidad de los intereses municipales y empresariales con los científicos, ecológicos y de ahorro energético. Actualmente, tan sólo Cataluña y Canarias disponen de una legislación de ámbito autonómico que aborda este tipo de impacto sobre el Medio Ambiente. En relación con el ruido, el proyecto también recoge una nueva zonificación en la que se incorpora la posibilidad de designar servidumbres acústicas y que servirá de marco legal para la realización de mapas de ruido y planes contra la contaminación acústica. En este sentido, se faculta a los municipios para establecer restricciones del uso de zonas públicas en aquellos casos en que el ruido afecten al descanso de los ciudadanos. En cuanto a la gestión de los residuos, el objetivo prioritario se dirige a minimizar su producción en origen y fomentar la reutilización y reciclado. Para ello se establecen líneas de incentivos a la inversión en tecnologías limpias y se actualiza el régimen de vigilancia e inspección, configurando un régimen sancionador dirigido a lograr que se respete el principio de "quien contamina paga" y se haga efectiva la restauración de los daños ambientales que se produzcan.

Una novedad destacada en este capítulo es la prohibición del depósito en vertederos de todos aquellos desechos que sean susceptibles de una valorización previa, es decir, de aprovechamiento económico o reutilización. Asimismo, la futura ley obligará a los polígonos industriales a contar con centros de recogida de residuos no peligrosos, mientras que facultará a las entidades locales para denegar autorizaciones en los casos en que los promotores no garanticen el destino de los residuos de la construcción. Finalmente, el proyecto fija un régimen de garantías por daños al Medio Ambiente de acuerdo con la normativa europea de responsabilidad medioambiental y su trasposición al Estado español.

Medio Ambiente presenta el Portal de Información sobre productos químicos en España para facilitar la aplicación del Reglamento europeo REACH

07/05/2007 11:24:00   Fuente: Ministerio de Medio Ambiente

El acto ha sido clausurado por la Ministra de Medio Ambiente y el Presidente de la Federación Española de la Industria Química.

El Portal que dará apoyo a las empresas y en particular PYMEs , está orientado a resolver las dudas prácticas de aplicación de la normativa sobre productos químicos.

El Reglamento comunitario REACH entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2007.

La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, clausuró el viernes en Madrid la presentación del Portal de Información REACH (PIR). Este portal virtual se ha presentado dentro de la Jornada ”REACH: política española de productos químicos desde una perspectiva de sostenibilidad” donde se ha dado a conocer los diversos aspectos del Reglamento comunitario.

El Reglamento REACH fue aprobado el pasado mes de diciembre por el Parlamento y el Consejo Europeo y entrará en vigor el 1 de junio de 2007. Es considerada una de las medidas legislativas más ambiciosas que ha emprendido la UE en dicha materia. El Reglamento constituye el único sistema integrado de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y preparados químicos. Su principal objetivo es garantizar un alto nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente al tiempo que mantiene y refuerza la competitividad e innovación de la industria química en la Unión Europea. Asimismo, facilita la libre circulación de sustancias en el mercado interior, busca evitar la contaminación del aire, agua y suelo, previene el daño a la biodiversidad y mejora el control de las sustancias de alta preocupación.

Una de las innovaciones de este Reglamento es la incorporación del principio de responsabilidad el productor y del importador, lo que será un acicate para la mejora de la seguridad química también en otros países distintos de la UE.

El Portal de Información REACH (PIR) es uno de los elementos del centro de Referencia REACH y se crea para dar apoyo a las empresas, y en particular, a las PYMEs. Tiene como misión asesorar a los agentes interesados de acuerdo con las orientaciones del propio Reglamento. Se trata de un Portal virtual orientado a resolver las dudas prácticas de aplicación de la normativa sobre productos químicos, coordinado con sus equivalentes europeos para ofrecer una información armonizada, con el apoyo de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos ubicada en Helsinki. El PIR ofrece información gratuita, documentación y asesoramiento sobre REACH.

Va dirigido a fabricantes, importadores y/o usuarios intermedios de las sustancias químicas con especial atención a las PYMEs. Dado que el reglamento afecta a los productos que usamos en nuestra vida cotidiana las consultas de los ciudadanos también serán atendidas.

El portal ha sido promovido por el Ministerio de Medio Ambiente con el apoyo técnico del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y la Universidad de Alcalá.

La aplicación del Reglamento REACH responde a una política de estado donde están colaborando junto a Medio Ambiente diversos ministerios: Ministerio de Sanidad y Consumo, Agricultura, Pesca y Alimentación, Trabajo y Asuntos Sociales, Industria, Turismo y Comercio y Educación y Ciencia.

El Ministerio de Medio Ambiente ha destinado en esta legislatura aproximadamente tres millones de euros para promover los medios necesarios que contribuyan a la mejor aplicación de este importante Reglamento comunitario.

Del mismo modo, en la última convocatoria de I+D+i de 17 millones de euros de este año, promovida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, se ha abierto una línea que promueva la sustitución de las sustancias químicas en el mercado.

Una norma legal obligará a reciclar los neumáticos para hacer carreteras

02/05/2007 19:00:00   Fuente: elpais.com

 

 

 

 


 

El Gobierno ha decidido que a partir de ahora las carreteras públicas que adjudique deberán construirse utilizando polvo de neumáticos viejos en el asfalto. Este polvo de caucho, unido al betún, hace que las carreteras sean menos ruidosas, más resistentes a las rodaduras y filtren mejor el agua. La decisión, que el Ministerio de Fomento ha pactado con Medio Ambiente y que hará oficial con una orden a sus delegaciones provinciales en las próximas semanas, permitirá acabar en unos años con los centenares de miles de neumáticos que actualmente se acumulan en los vertederos. El uso de neumáticos viejos en las llamadas carreteras de goma permitirá reciclar al año 160.000 toneladas de polvo de neumático cada año.

Los conductores que en los últimos siete meses han cambiado las ruedas de su coche han tenido que pagar un recargo por los neumáticos nuevos. Los de coches pagan dos euros más por rueda; los de motos 1,2 euros; los de camión 12,48, y los todoterreno, 3,94 euros. Es el canon por el reciclaje y afecta a los 35 millones de neumáticos que se venden cada año en España y que, pasado un tiempo, se transforman en unas 300.000 toneladas de residuos. Éstos se pueden convertir en 150.000 de caucho reciclado. Desde octubre pasado, por un real decreto, los fabricantes están obligados a reciclar todos los neumáticos que ponen en el mercado y los centenares de miles que andan desperdigados por talleres.

El director general de Calidad Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, Jaime Alejandre, explica que el reciclaje de neumáticos es una "medida imprescindible, ya que el caucho de los neumáticos dura siglos en el medio ambiente y supone un importante problema de contaminación".

Así que el Gobierno aprobó el decreto, los fabricantes crearon sistemas de recogida -como Signus Ecovalor o TNU- y se están construyendo siete plantas, con capacidad para tratar 140.000 toneladas al año de neumáticos y reutilizar de ellas el caucho con el que se fabricaron. Ahora faltaba darle un destino mayoritario a ese caucho.

En España se consumen 35 millones de neumáticos al año, lo que equivale a 300.000 toneladas de neumáticos. De esta cantidad, se reutiliza un 32%, un 17% se quema para obtener energía y otra la mitad acaba en vertederos. El objetivo del Gobierno es que el 98% se reutilicen de alguna forma antes de que acabe el año y que el 50% de los neumáticos se usen para mezclas asfálticas.

Para ello, la principal herramienta serán las carreteras de goma. Alejandre detalla que hace 10 días, Fomento y Medio Ambiente pactaron tras un año de reuniones y estudios de los expertos una guía técnica llamada Manual de empleo de caucho procedente de neumáticos fuera de uso en mezclas bituminosas sobre cómo se deben fabricar estas carreteras.

"Una vez acordada la guía técnica, que saldrá publicada en mayo, Fomento enviará una orden, en las próximas semanas, a sus delegaciones para que en las carreteras que adjudique se hagan con polvo de neumático mezclado con el betún en el base y en la subase, las dos capas anteriores a la rodadura", explica Alejandre. Con esta medida, explica, hay capacidad para reciclar, 160.000 toneladas de polvo al año, prácticamente la cantidad de las que se produce en España al año.

El director general de Signus Ecovalor -que agrupa a los principales fabricantes de neumáticos-, Jesús María Núñez, explica que el neumático usado es triturado hasta que se consigue un polvo de menos de un milímetro de espesor. Ese polvo, añadido al betún en el momento previo del asfaltado, "crea una carretera más silenciosa, más elástica y más resistente a las rodaduras y que filtra mejor el agua". Actualmente algunas carreteras se hacen ya con un polímero sintético que se añade al betún para darles elasticidad. El caucho de los neumáticos sustituye a este polímero. Estas carreteras de goma son entre tres y cinco euros por tonelada más caras que las tradicionales (que no tienen ningún polímero), pero dan mejor resultado. Además, el metal y las fibras textiles del neumático (que suponen la otra mitad del peso) se reutilizarán de otra forma: el acero en acerías y se busca un fin para las fibras.

Actualmente, en España sólo hay unos 300 kilómetros de carreteras de goma, hechos la mayoría de forma experimental, con neumáticos usados. Esta norma permitirá, según Núñez, "extender el reciclaje hasta miles kilómetros en unos años, conforme vaya aumentando la capacidad de las fábricas para producir polvo de caucho". Alejandre afirma que el reciclaje "no es desarrollo sostenible, sino desarrollo inteligente: nos quitamos un problema de contaminación reutilizando el caucho y reducimos el consumo de polímeros, materias costosas y escasas".

Los neumáticos usados se pueden reutilizar para el asfalto de las carreteras, pero ya están presentes, de forma invisible, en otras cosas de la vida diaria: el suelo mullido de los parques infantiles de muchas calles, suelas de goma, campos de césped artificial y pistas deportivas contienen ya caucho reutilizado de neumático. Además, el recauchutado es una forma de colocar una nueva banda de rodadura sobre un neumático usado para alargar su vida.

Otra de las utilidades es quemar los neumáticos para obtener energía, como se hace con el carbón, aunque este uso no es el más ecológico porque en la combustión se desprenden sustancias tóxicas.

'CALZADAS DE GOMA'

- En España se venden 35 millones de neumáticos al año. Al cabo del tiempo se transforman en 300.000 toneladas de residuos- El uso de ruedas viejas para construir 'carreteras de goma' permitirá reciclar al año 160.000 toneladas de polvo de neumático- El polvo de neumático añadido al betún crea una carretera más silenciosa, más elástica, más resistente a las roturas y que filtra mejor el agua- Se están construyendo siete plantas de reciclado de neumáticos, que pueden tratar 140.000 toneladas al año

Obligaciones de los productores de residuos

Obligaciones de los productores de residuos

Antes de empezar a enumerar las obligaciones de los productores de residuos es importante diferenciar entre pequeño y gran productor de residuos. Miestras que el primero genera menos de 10 toneladas de residuos al año, el gran productor supera esta cantidad a excepción de los talleres de automoción, los cuales tienen la consideración de pequeños productores independientemente de la cantidad de residuos generados. (Art. 22.2 R.D. 833 / 1988).

Obligaciones del pequeño productor:

1. Inscripción en el registro administrativo de la Comunidad Autónoma como pequeño productor de residuos. Este obligación administrativa ofrece ventajas a los productores como facilitar los trámites administrativos y favorecer el acceso a subvenciones.

2. Separar adecuadamente y no mezclar los residuos peligrosos, evitando particularmente aquellas mezclas que supongan un aumento de su peligrosidad o dificulten su gestión. (LEY 10/1998 DE RESIDUOS)

3. Disponer de zonas acondicionadas, señalizadas y delimitadas para el almacenamiento de los residuos tóxicos y peligrosos con el fin de evitar la contaminación de otros medios. El almacenamiento y las instalaciones deberán cumplir con la legislación y normas técnicas que le sean de aplicación. El tiempo máximo de almacenamiento es de seis meses para los residuos tóxicos y peligrosos salvo autorización especial del órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se lleve a cabo dicho almacenamiento. (LEY 10/1998 DE RESIDUOS)

4. Envasar los residuos tóxicos y peligrosos cumpliendo las normas técnicas vigentes observando además las siguientes normas de seguridad (LEY 10/1998 DE RESIDUOS):

4.1. Los envases y sus cierres estarán concebidos y realizados de forma que evite cualquier pérdida de contenido y construidos con materiales no susceptibles de ser atacados por el contenido ni de formar con éste combinaciones peligrosas.

4.2. Los envases y sus cierres serán sólidos y resistentes para responder con seguridad a las manipulaciones necesarias y se mantendrán en buenas condiciones sin defectos estructurales y sin fugas aparentes.

4.3. Los recipientes destinados a envasar residuos tóxicos y peligrosos que se encuentren en estado de gas comprimido, licuado o disuelto a presión, cumplirán la legislación vigente en la materia.

4.4. El envasado y almacenamiento  de los residuos tóxicos y peligrosos se hará de forma que se evite generación de calor, explosiones, igniciones, formación de sustancias tóxicas o cualquier efecto que aumente su peligrosidad o dificulte su gestión.

5. Etiquetado de residuos tóxicos y peligrosos.

5.1. Los recipientes o envases que cotengan residuos tóxicos y peligrosos deberán estar etiquetados de forma clara, legible e indeleble, al menos en la lengua oficial del Estado. 

5.2. En la etiqueta deberá figurar:

a) El código de identificación de los residuos que contiene, según el sistema de identificación que se describe en el anexo I. 

b) Nombre, dirección y teléfono del titular de los residuos.

c) Fechas de envasado.

d) La naturaleza de los riesgos que presentan los residuos.

5.3. Para indicar la naturaleza de los riesgos deberán usarse en los envases los siguientes pictogramas, representados según el anexo II y dibujados en negro sobre fondo amarillo-naranja:

Explosivo: Una bomba explosionando (E). / Comburente: Una llama por encima de un círculo (O). / Inflamable: Una llama (F). / Fácilmente inflamable y extremadamente inflamable: Una llama (F+). / Tóxico: Una calavera sobre tibias cruzadas (T). / Nocivo: Una cruz de San Andrés (Xn). / Irritante: Una cruz de San Andrés (Xi). / Corrosivo: Una representación de un ácido en acción (C).

5.4. Cuando se asigne a un residuo envasado más de un indicador de riesgo se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

a) La obligación de poner el indicador de riesgo de residuo tóxico hace que sea facultativa la inclusión de los indicadores de riesgo de residuo nocivo y corrosivo.

b) La obligación de poner el indicador de riesgo de residuo explosivo hace que sea facultativa la inclusión del indicador de riesgo de residuo inflamable y comburente.

5.5. La etiqueta debe ser firmemente fijada sobre el envase, debiendo ser anuladas, si fuera necesario, indicaciones o etiquetas anteriores de forma que no induzcan a error o desconocimiento del origen y contenido del envase en ninguna operación posterior del residuo. El tamaño de la etiqueta debe tener como mínimo las dimensiones de 10*10 cm.

5.6. No será necesaria una etiqueta cuando sobre el envase aparezcan marcadas de forma clara las inscripciones a que hace referencia el apartado 2, siempre y cuando estén conformes con los requisitos exigidos en el presente artículo.

6. Cursar una solicitud de aceptación al gestor de los residuos a tratar que contendrá: características sobre el estado de los residuos, codificación, propiedades físico - químicas, composición química, volumen y peso y el plazo de recogida de los residuos.

7. Cumplimentar los Documentos de Control y Seguimiento desde el lugar de producción hasta los centros de recogida, tratamiento o eliminación.

8. Entregar a transportista y gestor autorizado los RPs.

9. Llevar un registro de los residuos generados en el que se incluya: fecha de envasado y almacenamiento, nombre del residuo, código L.E.R., cantidad, número de DCS, gestor y destino.

10. Guardar la documentación de la entrega de residuos al gestor durante cinco años, estando siempre a disposición de la autoridad competente.

11. Informar inmediatamente al órgano competente de la Comunidad Autónoma en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos.

12. Formalizar la notificación de traslado de residuos tóxicos y peligrosos mandando copias a los organismos competentes de las comunidades autónomas de origen y de llegada del residuo, en un plazo no inferior a diez días de la fecha de recepción del residuo.